Trabajadores aportarían 64% de recursos de cuenta humanitaria

-- Abril 23, 2020
-- Fuente: El Comercio

El proyecto de Ley Humanitaria que el Ejecutivo envió el 16 de abril del 2020 a la Asamblea busca incrementar los ingresos del Fisco para atender la emergencia por el covid-19.


La caída de la actividad económica, la merma en las exportaciones y el limitado acceso a financiamiento afectaron el Presupuesto 2020. Tras el envío del texto, el Gobierno espera que la Asamblea dé luz verde para la creación de nuevas contribuciones temporales para empresas y personas naturales.

Con esto, el Fisco proyecta recaudar USD 1 418 millones. El 64% de ese monto vendría de los aportes de 1,3 millones de personas en relación de dependencia y de trabajadores por cuenta propia que tengan ingresos netos sobre los USD 500 mensuales.

Las personas que laboran por cuenta propia deberán aportar de acuerdo con el ingreso neto recibido en el ejercicio fiscal del 2019. El analista tributario Napoleón Santamaría señaló que tal como está redactado el texto de la contribución de las personas naturales, parecería ser retroactivo. “Algo que no se permite en tributación”.

Las personas extranjeras consideradas residentes ecuatorianos para efectos tributarios también están incluidas en el aporte. Si se aprueba la Ley, se deberá emitir un reglamento en el que se defina qué se comprende como ingresos netos.

El proyecto de Ley también señala que no aportarán empleados públicos de los sectores que están en primera línea. Para las empresas se plantea una contribución fija del 5% si tuvieron utilidades de más de USD 1 millón. El Servicio de Rentas Internas (SRI) estima que 1 474 empresas aportarían.

Los recursos de las dos contribuciones irían a una cuenta humanitaria. El proyecto además contiene reformas laborales, de seguridad social y medidas de alivio en el pago de arriendos y deudas.

El 17 de abril, el vicepresidente Otto Sonnenholzner anunció como medida adicional, que los pagos de luz de abril y mayo se diferirán en 12 meses y que el techo de la Tarifa Dignidad de energía eléctrica se ampliará.


Sociedad civil vigilaría el uso que se dará a la cuenta humanitaria

Un consejo consultivo y de observación conformado por cinco miembros de la sociedad civil controlaría y fiscalizaría los fondos de la Cuenta Especial de Asistencia Humanitaria. El consejo tendrá acceso a la información relacionada a las actividades que se financien con los fondos. La cuenta podrá financiar solo los necesario para mitigar los efectos económicos y sociales que originó la emergencia, y recibirá aportes de contribuyentes privados y del Gobierno.

Multilaterales y entes públicos y privados también podrán realizar donaciones. El dinero de la cuenta se manejará en una cuenta del Presupuesto del Estado.

Larry Yumibanda, vocero del Círculo de Economía de Guayaquil, dijo que la administración de la cuenta se daría conforme a lo que establece la Constitución, por lo que veedores tendrán poco campo de acción. “Se debería implementar la presentación de informes públicos para transparentar el uso de los recursos”, dijo.


Recorte del 10% para los sueldos de un grupo de servidores públicos

Los empleados públicos aportarían con una parte de su sueldo, por nueve meses. Quienes perciban ingresos entre USD 500 y USD 1000 contribuirán, de acuerdo con sus ingresos. Para los empleados de la Función Ejecutiva que ganen más de USD 1000, el texto dice que una vez que culminen los nueve meses de la contribución, se les reducirá de forma permanente el 10% de su salario mensual. Están excluidos los servidores que pertenecen a las áreas de salud, educación, seguridad y emergencias en todos los niveles de gobierno, incluidas Fuerzas Armadas, Policía Nacional.

En las demás funciones del Estado todos los trabajadores con sueldo de USD 500 en adelante aportarán de acuerdo con la tabla. La Confederación Nacional de Servidores Públicos del Ecuador (Conasep) rechazó esta alternativa. Iván Bastidas, presidente del sindicato, comentó que rebajar los sueldos es inconstitucional. Aseguró que se pueden reducir otros gastos.


Jornada laboral y las vacaciones, con reformas

El texto que está en manos de la Asamblea plantea un nuevo contrato de dos años, renovables por una vez, para nuevas inversiones, ampliaciones de negocio, o para empresas que lo requieran, debido a la emergencia.

El horario de trabajo mínimo sería de 20 horas semanales y máximo 40, que se podrán distribuir hasta en seis días, sin exceder las 8 horas al día. El salario será en proporción a las horas trabajadas.

Con la reducción excepcional se propone que las empresas en problemas bajen la jornada y el sueldo, en caso de fuerza mayor o caso fortuito, si son justificados. El tiempo de reducción deberá ser definido entre el empleador y la mayoría de los trabajadores. Las obligaciones con el Seguro Social serían sobre la jornada reducida.

En cuanto a las vacaciones, los empleadores podrían administrar, según se convenga, los periodos de los próximos dos años de los trabajadores; es decir, el empleador podría pedir al colaborador que este año tome las vacaciones de los siguientes dos años. Para la Unión General de Trabajadores (UGT), la propuesta del Ejecutivo, que incluye un aporte económico de los empleados, viola los derechos laborales.


Tres cambios se darían a servicios y en las obligaciones con el IESS

La primera propuesta es que de abril a junio el IESS extienda la cobertura de salud por 60 días adicionales luego de que el afiliado pierda su trabajo. Las micro y pequeñas empresas que no hayan podido pagar obligaciones con el Seguro Social entre marzo y junio tendrán facilidades de pago sin intereses y multas por los retrasos.

La tercera propuesta es modificar temporalmente las reglas del Seguro de Desempleo. Los afiliados bajo relación de dependencia que entre abril y julio de este año pasen al desempleo podrán solicitar este seguro en siete días, y no en 60, como sucede en la actualidad. El afiliado deberá acreditar 24 aportaciones acumuladas y no simultáneas en relación de dependencia. De ellas, al menos seis deberán ser seguidas e inmediatamente anteriores a perder el trabajo.

Otro requisito para acceder al seguro es que el afiliado debe estar en el desempleo por, al menos, siete días. La solicitud se debe hacer en un plazo máximo de 45 días.


Medidas de alivio en arriendo, seguros y pensiones escolares

Durante el estado de excepción, se propone prohibir a las compañías aseguradoras privadas que cancelen las pólizas de seguros de salud y los contratos de medicina prepagada, en los casos en que se presenten atrasos de hasta 60 días, adicionales a los que se establezcan en los contratos. Los valores no pagados se podrían diferir en cuotas sin interés por mora.

El planteamiento del Ejecutivo también propone que las personas no sean desalojadas por no pagar arriendo durante el confinamiento. El plazo se extiende hasta 60 días después de que termine la emergencia. Los arrendatarios deben pagar por lo menos el 20% del arriendo para acceder al beneficio.

Otras medidas que se incluyen en el texto son la prohibición de incrementar el valor de los servicios básicos. Además, la posibilidad de que deudores y acreedores en el sector comercial acuerden plazos de pago. Los colegios que rebajen pensiones hasta un 20% podrían recibir una compensación del Gobierno.